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Estado de alarma: así afecta a la movilidad, talleres, ITV, seguro, DGT…

Estado de alarma coronavirus

Pasados pocos días desde que el Gobierno decretó el estado de alarma por la crisis del coronavirus no paran de llegar informaciones y dudas sobre cómo afecta esta situación de crisis a la movilidad de las personas y al sector de la automoción.

Aquí tienes una guía con los puntos más importantes a tener en cuenta según el Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo:

¿Cuándo puedes salir de casa?

Sólo en los siguientes casos:

  • Desplazarte a tu lugar de trabajo.
  • Para comprar alimentos, productos farmaceúticos y de primera necesidad.
  • Para regresar a tu lugar de residencia habitual.
  • Para acudir a centros, servicios o establecimientos sanitarios.
  • Para ayudar y cuidar a personas mayores, menores dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Ir al banco o entidades financieras y a oficinas de empresas aseguradoras.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Para repostar el vehículo en una gasolinera o estación de servicio si está sin combustible.

¿Puedo conducir el coche o moto con algún acompañante?

No puedes. Los desplazamientos en coche y a pie deben realizarse individualmente, excepto que tengas que acompañar a personas con discapacidad, a menores o por otra causa justificada según el artículo 7 del Real Decreto y que hemos mencionado más arriba. En caso de ir acompañado, las autoridades están indicando al pasajero situarse en el asiento trasero detrás del copiloto para mantener la distancia de seguridad.

Te dejarán ir con tu pareja con la que compartes vivienda si es para realizar alguna de las actividades permitidas y siempre que dicha actividad no la pueda hacer una única persona.

Claves para moverte en coche o a pie durante el estado de alarma. ¿Puede ir más de una persona en coche?

Una nueva disposición del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana especifica que en el caso de conducir un vehículo de hasta 9 plazas, sólo se permitirá un ocupante por cada fila «manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes». Es decir, si el vehículo tiene tres filas de asientos, podrán desplazarse 3 personas, si sólo tiene dos filas de asientos, dos personas. ¡Y siempre una persona por cada fila! (Orden TMA/278/2020, de 24 de marzo).

Si incumples esta norma te pueden poner una multa entre 300 y 1000 euros en función de la gravedad.  

Según el Ministerio de Transporte, el transporte de viajeros por carretera se ha reducido un 89%.

Ciclomotores eléctricos
Todos los desplazamientos en coche, moto o a pie deben realizarse de forma individual, sin acompañantes, a no ser que la causa esté justificada.

¿Afecta el estado de alarma a las coberturas del seguro?

No. La Asociación Empresarial del Seguro (Unespa) confirma que la declaración del estado de alarma no modifica las protecciones que ofrece un seguro de coche, moto o cualquier otro vehículo, ya sea un seguro a terceros o un seguro a todo riesgo.

¿Funcionan los servicios de asistencia en carretera?

El estado de alarma tampoco afecta a los servicios de asistencia en carretera, los cuales se pueden solicitar por los canales habituales, según nos ha confirmado el RACE.

Estos servicios de grúa y/o vehículos-talleres forman parte de los servicios esenciales para abastecer y garantizar la movilidad de la población a los que se refiere el artículo 18 del Real Decreto 463/2020.

Por lo que si sufres alguna avería, pinchas un neumático o te quedas sin batería, el servicio de asistencia en carretera posiblemente te pueda solucionar el problema ‘in situ’. Si el problema no se puede solucionar y es obligatorio el traslado del vehículo al taller, puede que no encuentres un taller abierto.

¿Puedo llevar mi coche o moto a un taller?

Depende. Sólo en caso de necesidad justificada para realizar alguna de las actividades que permite el Real Decreto (RD). El problema es que este servicio de taller no está garantizado en todos los municipios.

La Confederación de Española de Talleres de Reparación de Automóviles y Afines interpreta que sí pueden abrir para cumplir el artículo 18 del RD, pero por el riesgo que supone de contagio, tanto la patronal de los concesionarios (Faconauto) como la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor (Ganvam) recomiendan no abrir los talleres y en su lugar establecer un servicio de urgencia a través de un número de teléfono.

Gasolineras con GLP
Sí se puede coger el coche para llenar el depósito en una gasolinera

¿Abren los concesionarios de coches?

Los concesionarios de automoción también han cerrado sus puertas y sólo en casos urgentes te pueden atender por teléfono. Por ejemplo, en el caso de que estuviera prevista la entrega de un vehículo.

¿Y si tengo que pasar la ITV?

No tendrás que pasarla de momento. El Ministerio de Industria, Comercio y Energía ha anunciado la suspensión de los plazos de caducidad de la ITV como consecuencia del cierre de estos centros durante el Estado de Alarma. Por tanto, si la ITV de tu vehículo caduca a partir del día 15 de marzo, no estará obligado a presentar la ITV en vigor. Cuidado si tu ITV caducaba antes del 15 de marzo, porque en ese caso no tendrás excusa, estarás incumpliendo la ley y te pondrán multar.

Transporte público y metro en estado de alarma
El transporte público se reduce durante el estado de alarma. El nivel de ocupación en el metro y trenes se ha situado en un 2%.

Me toca renovar el permiso de conducir, ¿qué hago?

El Ministerio de Interior prorroga durante 60 días la vigencia de los carnés de conducir que caduquen  durante el estado de alarma según la siguiente orden: “los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización”.

La DGT atenderá de forma telefónica y telemática y sólo atenderá presencialmente servicios esenciales. A través de la sede electrónica de la DGT o del teléfono 060 y/o ayuntamientos puedes hacer los siguientes trámites (ver imagen):

  • Permiso de conducir: renovación (en centros de reconocimiento), duplicado, permiso internacional, cambio de domicilio (para notificaciones), consulta de saldo de puntos.
  • Vehículos: duplicado del permiso de circulación, cambio del domicilio fiscal del vehículo, informe de vehículos, designar conductor habitual, baja definitiva del vehículo (Desguaces o Centros Autorizados de Tratamiento), matriculación del vehículo (gestores).
  • Multas: pago, identificar al conductor y presentar alegaciones/recursos.
  • Pedir cita previa o solicitar el distintivo medioambiental (gestores y oficinas de Correos).

La DGT también ha suspendido los exámenes prácticos y teóricos de los permisos de conducir y los cursos de sensibilización y recuperación de puntos. Por otro lado, ha levantado las restricciones de circulación a los vehículos de transporte de mercancías.

Trámites DGT cómo gestionarlos
Trámites de la DGT que se pueden realizar en la sede electrónica o cuáles no

Se suspende el servicio de estacionamiento regulado

Tanto Madrid como Barcelona han suspendido el servicio de estacionamiento regulado en superficie (no te ponen multa) y los servicios de bicicletas públicas BiciMad y Bicing, mientras dure el estado de alarma por la crisis del coronavirus. En este enlace puedes ver en qué ciudades han suspensión el pago el aparcamiento regulado.

En el caso del Ayuntamiento de Barcelona, ha modificado la entrada en vigor del periodo sancionador de la zona de bajas emisiones de Barcelona (ZBE), inicialmente prevista para el 1 de abril. De momento no hay fecha prevista. En el caso de Madrid Central, la zona de bajas emisiones se mantiene sin cambios: continúan las restricciones y las multas.

Dónde aparcar en Madrid Central para que no te multen

Madrid Central, zona de bajas emisiones
Incumplir las normas de Madrid Central está multado con 90 euros

Tengo que salir de casa, ¿qué recomendaciones sigo?

  • Mantén la distancia mínima de un metro.
  • Evita el contacto con otras personas.
  • Si estás infectado con el coronavirus o Covid-19 no salgas de casa.
  • Tampoco salgas de casa si presentas síntomas: tos, fiebre, dificultades respiratorias…, o si has estado en contacto estrecho con alguna persona infectada.

Y recuerda que este virus lo paramos cada uno. No salgas de casa si no es estrictamente necesario. #YoMeQuedoEnCasa

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Sara Soria
Periodista especializada en motor y seguridad vial. Escribo de coches, motos y movilidad. También soy jurado del Women's World Car Of The Year.

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